El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó una resolución en la que establece un mecanismo de registro de los trabajadores a tiempo parcial que permitirá a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) visualizar o comprobar cuando existan casos de evasión o elusión.

Se trata de la normativa número 471-02, que dispone combatir la omisión de recursos en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y fortalecer el equilibrio financiero del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo.

Al referirse a la iniciativa, el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto, dijo que hay empresas que incluyen en sus registros de nóminas a personas con sueldos por debajo del salario mínimo cotizable o ingreso real, para ofrecer un seguro de salud con aporte por debajo de su responsabilidad, lo que atenta con el fortalecimiento de la seguridad social.

Esa forma de elusión de empleadores motivó al CNSS a tomar la medida regulatoria, permitiendo al sistema un mayor recaudo.

“El incremento de las recaudaciones permitirá que el SDSS amplié la cobertura del catálogo de prestaciones del SFS y pueda atender algunos reclamos del sector salud, principalmente de las sociedades especializadas”, dijo Pérez Modesto.

Indicó que la resolución es parte del esfuerzo del ministro de Trabajo y presidente del CNSS, Winston Santos.

Se establece un plazo para la TSS de un máximo de 120 días para construir un módulo de software y hacer los ajustes técnicos necesarios al el Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR), para la Aplicación de Aportaciones y Contribuciones al SDSS ajustados al Salario Mínimo Cotizable.

El procedimiento será ejecutado en función de los salarios mínimos establecidos por el Comité Nacional de Salarios, la TSS generará una tabla de referencia de salarios mínimos por Sector.

“A partir de esta tabla de referencia, cada vez que un trabajador sea registrado por su empleador con una remuneración inferior de su sector de actividad, el SUIR, automáticamente y al momento de emitir la notificación de pago (factura) de cada período”, dice la resolución.

Se aceptará únicamente aquellos casos que hayan sido debidamente autorizados por la TSS, rechazando los demás casos de las cotizaciones por debajo del Salario Mínimo de su sector hasta tanto sean validados.

Los empleadores públicos o privados que por la naturaleza de su actividad económica, tengan en relación de dependencia a personal asalariado que no labore el mes completo por razones diversas, y debido a esto, este personal perciba una remuneración inferior al salario mínimo establecido de su sector, según las normativas laborales deberán solicitar una dispensa especial a la TSS, a través de su Dirección de Supervisión y Auditoría (DSA) y de acuerdo al “Protocolo de aplicación para regularizar el registro de trabajadores con ingresos inferiores al salario mínimo del sector de su empleador.