El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la acción constitucional de amparo preventivo contra el Club Los Prados, la Comisión de Elecciones del Club Los Prados y Fernando Mota, tras determinarse que no se acreditaron argumentos ni elementos probatorios que amenacen derechos fundamentales.
“Rechaza en cuanto al fondo la acción de amparo preventivo, en virtud de que no se acreditaron argumentos ni elementos probatorios que demostraran que existe una amenaza de los derechos fundamentales de los accionantes en el marco del proceso electoral del Club Los Prados, correspondiente al año dos mil veinticuatro (2024), precisa el Tribunal integrado por los jueces los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Fernando Fernández, juez titular y Lourdes de Jesús Teresa Salazar Rodríguez, jueza suplente.














