Apropósito de que el presidente Luis Abinader lanzó una advertencia a los aspirantes presidenciales del Partido Revolucionario Moderno (PRM) para que cesen el proselitismo a destiempo o de lo contrario tendrán que dejar sus puestos el Gobierno, El Nuevo Diario reseñó el tema sobre los plazos que establece la Ley 33-18 de Partidos Movimientos y Agrupaciones Políticas para el activismo interno.

De acuerdo a lo que se estipula en la referida normativa, los partidos y agrupaciones políticas tendrán que elegir a su candidato presidencial a más tardar el primer domingo del mes de octubre del año preelectoral, es decir, el 2027. Asimismo, la legislación ordena que deberán elegir el resto de candidatos a demás puestos a más tardar el último domingo del referido mes.