Las leyes de régimen electoral y la de partidos políticos contemplan sanciones administrativas  para el proselitismo extemporáneo que desarrollen los aspirantes a cargos electivos, antes de que el órgano rector deje iniciado  oficialmente los períodos de precampaña y campaña.

La Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, establece, en el numeral 8 del artículo 78, que “los aspirantes que inicien su campaña antes del tiempo oficial de campaña o precampaña serán sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura”. Al mismo tiempo,  faculta a la Junta Central Electoral (JCE) para hacer cumplir el texto legal.

Mientras, la Ley 15-19, orgánica de Régimen Electoral,  señala en el artículo 280, numeral 4,  que serán sancionados con el pago de 1 a 200 salarios mínimos “los candidatos y candidatas que organizaren manifestaciones, mítines o reuniones públicas antes del inicio formal de la campaña electoral proclamada por la Junta Central Electoral y después del cierre de ésta”. Tanto el período de la precampaña como la campaña electoral están previstos en las legislaciones de índole político electoral.

Mediante la resolución número 28/2021, la JCE reguló lo que denominó el “período previo al inicio de la precampaña”, tiempo  comprendido entre la fecha de entrada de la resolución, en octubre del 2021, hasta el inicio formal de la precampaña, fijado para el domingo 2 de julio del 2023.

En esa resolución, la Junta señaló que en ese período los afiliados a las organizaciones políticas podrán manifestar a lo interno el interés de aspirar a una precandidatura a un puesto de elección popular y realizar las actividades que permitan exponer sus intenciones a los miembros de sus respectivas entidades políticas, pero sin formalizarla públicamente.

Contempló un régimen de prohibiciones durante ese tiempo, y dispuso que su violación conllevará el retiro inmediato de las herramientas promocionales en los lugares externos, cuya acción pone a cargo, en principio, de los ayuntamientos y de las juntas de distritos municipales.

Además indicó que la JCE podrá adoptar cualquier medida cautelar y dictar las admoniciones que estime procedente, con ocasión de una posible in